¿Pensando En Instalar Videovigilancia En Tu Comunidad De Propietarios?
admin2022-11-15T18:44:35+00:00Una de las medidas de seguridad más demandadas por los vecinos de urbanizaciones y residenciales es la videovigilancia en el perímetro de la comunidad de propietarios. Esto es porque la propia instalación de cámaras tiene un alto efecto disuasorio contra vandalismos y accesos indebidos. De hecho, la videovigilancia en comunidades proporciona un nivel adicional de protección.
Por ello, si quieres contar con videovigilancia la 24 horas en tu comunidad de propietarios para prevenir posibles robos e intrusiones en tu urbanización, puedes ponerte en contacto con los profesionales de sincuotaseguridad.es rellenando este sencillo formulario:
ÍNDICE
- ¿Qué requisitos legales debe cumplir la videovigilancia en una comunidad de propietarios?
- ¿Cuánto tiempo está permitido almacenar las imágenes de videovigilancia?
- ¿Qué personas están autorizadas a ver las imágenes de videovigilancia de la comunidad de propietarios?
¿Qué requisitos legales debe cumplir la videovigilancia en una comunidad de propietarios?
Muchos vecinos de residenciales o edificios con diferentes accesos nos preguntan sobre la posibilidad de instalar cámaras de videovigilancia como medida disuasoria y para recopilar pruebas para interponer denuncias por diferentes motivos. De hecho, es muy común que quieran contar con videovigilancia tanto en portales como en las entradas a los garajes y áreas comunes por si tienen que mostrar evidencias de algún hecho delictivo.
Para ello, la guía sobre la videovigilancia en comunidades de vecinos de la Agencia Española de Protección de Datos es un recurso básico para garantizar los derechos de las personas que son grabadas y, al mismo tiempo, cumplir con el objetivo de la captación de imágenes y su almacenamiento.
De hecho, lo primero que se debe saber es que se necesita un acuerdo de la comunidad de propietarios con el voto favorable de los ⅗ de los mismos siempre y cuando ostenten, al menos, la misma cuota de participación. Además, en el acuerdo es aconsejable dejar constancia de las características del sistema de videovigilancia que se instalará en la comunidad de vecinos, es decir, las características, número y áreas de preferencia.
Además, deben fijarse carteles informativos sobre el acceso a zona con videovigilancia en cumplimiento de la LOPD.
También es necesario saber que sólo está permitido la grabación de videovigilancia en áreas comunes de la comunidad de propietarios. Esto implica que está prohibido grabar los viales de acceso ni otras viviendas colindantes. Por supuesto, cada dos años debe realizarse un control de los sistemas según la misma LOPD.
¿Cuánto tiempo está permitido almacenar las imágenes de videovigilancia?
Respecto a la conservación de imágenes es importante conocer que no pueden almacenarse más allá de 30 días. De hecho, sólo es posible conservar el vídeo si se como prueba, aportándolo en una denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o a los Tribunales pertinentes.
¿Qué personas están autorizadas a ver las imágenes de videovigilancia de la comunidad de propietarios?
Instalar equipo de seguridad que grabe imágenes de particulares conlleva que no cualquiera puede acceder a esa grabación de videovigilancia. De hecho, solo las personas autorizadas convenientemente por la comunidad de propietarios podrán visualizar las imágenes cuando sea necesario. Por supuesto, cada vez que sea pertinente acceder a ese vídeo de seguridad, debería quedar indicado en el manual de seguridad.
Recuerda que en sincuotaseguridad.es contamos con instaladores especialistas en cámaras de videovigilancia que podrán valorar un estudio previo para detectar riesgos. Consúltanos sin compromiso, llamando ahora al 640134754